En el ámbito educativo, numerosos sostenedores y directores escolares han asumido personalmente la responsabilidad de enfrentar procedimientos sancionadores, un camino que, aunque permitido formalmente por la normativa vigente, puede tener graves repercusiones. La ley no exige específicamente la defensa por parte de un abogado en estos casos, a diferencia de lo que sucede en litigios ante tribunales, como las demandas laborales o civiles. Sin embargo, la experiencia y el análisis de casos nos revelan que sin una defensa legal especializada el resultado puede ser desastroso.
Entre quienes prescinden de la defensa por profesionales especializados, una estrategia muy popular es la de reconocer los hechos y pedir disculpas. Aunque pueda parecer un gesto de buena voluntad, suele ser la peor defensa posible en estos escenarios. Esto se debe a que el procedimiento sancionador, tal como lo lleva a cabo la Superintendencia, comienza con una fase de investigación y recopilación de antecedentes que, una vez confirmados los hechos por el reconocimiento del propio sostenedor, obligan a la autoridad a imponer la sanción correspondiente.
Contrario a lo que podría esperarse, disculparse y comprometerse a repetir el error no es considerado por la autoridad administrativa al momento de determinar la sanción. La ley dicta que la sanción debe fundarse exclusivamente en determinadas circunstancias presentes en el caso, sin dejar espacio para consideraciones subjetivas como las disculpas, aunque se reconocen como atenuantes acciones como subsanar el hecho, poseer una conducta previa irreprochable o la autodenuncia.
La defensa legal especializada, en cambio, ofrece una aproximación meticulosa y estratégica al problema. Esta no solo analiza con detalle las facultades de la administración, las formalidades del acto administrativo, y el cumplimiento de los plazos, sino que también se adentra en los hechos y la manera en que estos fueron verificados. Este enfoque permite desarrollar una estrategia de defensa adaptada, que no solo contempla los hechos sino también las posibles infracciones a las normativas jurídicas implicadas.
A veces, la estrategia más adecuada puede ser reconocer los hechos, especialmente cuando no hay disputa sobre éstos, pero sí sobre si constituyen o no una infracción. Este enfoque fue clave en un caso reciente, resuelto por la Corte Suprema el 11 de marzo de 2024 (rol N°239.422-2023.), donde se revocó una sentencia previa y se acogió el reclamo de un sostenedor. En dicho caso, la Superintendencia cuestionó la ausencia de contratos de trabajo y un protocolo de actuación que, según la defensa, no constituían infracciones. La Corte Suprema concluyó que la administración forzó la interpretación de las normas para considerar las conductas como una infracción, dándole la razón al sostenedor.
Este caso subraya la importancia crítica de una representación legal experta, que puede discernir entre los matices de la ley y la realidad de los hechos para presentar una defensa convincente. Ante una compleja regulación educacional se hace más necesario confiar en el conocimiento técnico y experiencia de profesionales del derecho, cuestión que puede resultar esencial para salvaguardar los intereses y la integridad de las instituciones educativas.
Nuestra oficina defiende a sostenedores frente a un procedimiento administrativo sancionador, si ha sido notificado, puede escribirnos un correo electrónico a contacto@aleduc.cl