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Nueva circular N°202 sobre reglamento interno en Educación Parvularia publicada por la SIE

La Superintendencia de Educación ha dictado la Resolución Exenta N°202, de fecha 05 de marzo de 2026, que aprueba una nueva Circular de Reglamentos Internos para establecimientos de Educación Parvularia. Esta normativa sistematiza y actualiza las instrucciones para sostenedores, prohibiendo estrictamente la aplicación de medidas disciplinarias a los párvulos y exigiendo la adecuación de los reglamentos en un plazo de nueve meses tras su entrada en vigencia.

Contexto y Antecedentes 📑

⚖️Objeto: Proporcionar instrucciones para la elaboración, contenido y difusión de los Reglamentos Internos en salas cunas, jardines infantiles y colegios con niveles parvularios.

🎯Alcance: Son aplicables a todos los establecimientos que imparten educación parvularia, públicos o privados, ya sea de manera exclusiva o conjuntamente a otros niveles educativos, que cuenten con Reconocimiento Oficial o Autorización de funcionamiento o se encuentren en periodo de adecuación.

🔄Necesidad de actualización: El documento responde a la publicación de nuevas leyes como la Ley de Garantías de la Niñez (N°21.430) y la Ley de Autismo (N°21.545), además de la necesidad de refundir instrucciones previas sobre funcionarios responsables de recibir a párvulos y de cautelar su salida al término de la jornada escolar, sobre salidas pedagógicas y bajas de matrícula por ausencia injustificada.

📅Vigencia: La circular entrará en vigencia el mismo día que la ley sobre convivencia, buen trato y bienestar de las comunidades educativas.

Puntos clave ✨

✅Enfoque en derechos: Se establecen principios rectores como el interés superior del niño, la autonomía progresiva, la dignidad humana y el enfoque de género.

✅Prohibición de sanciones a párvulos: Se explicita que las conductas de niños y niñas no constituyen infracciones; por lo tanto, no se les puede aplicar suspensiones, expulsiones o cualquier medida disciplinaria.

✅Contenidos mínimos obligatorios: Los reglamentos deben incluir ahora:

📌Derechos y Deberes: Definición clara para todos los estamentos.

📌Gestión administrativa y organizacional: Organigrama, horarios, uso de dispositivos móviles y procesos de admisión, baja de matrícula, mecanismos de comunicación y forma de atención de solicitudes de pares madres y apoderados, mecanismos de consultas, reclamos y denuncias, entre otros.

📌Bienestar Integral: acciones formativas y prohibición de medidas disciplinarias a párvulos, gestión de higiene seguridad y salud, muda de pañales, alimentación y resguardo de la salud mental, entre otros.

📌Protocolos de Actuación: Sospecha de vulneración de derechos, maltrato infantil, abuso sexual,  maltrato y violencia, accidentes y desregulaciones emocionales/conductuales.

✅Gestión de Conflictos entre Adultos: Se permite la aplicación de medidas disciplinarias y mecanismos de gestión colaborativa (como mediación) exclusivamente para miembros adultos de la comunidad (apoderados y personal).

Obligaciones del sostenedor: ⚠️

🚩Actualización y Difusión: El reglamento debe actualizarse al menos una vez al año y estar disponible tanto físicamente como en el sitio web del establecimiento.

🚩Participación: La elaboración y modificación debe consultarse al Consejo Escolar o Consejo de Educación Parvularia, el que puede ser consultivo o resolutivo dependiendo del tipo de establecimiento educacional.

🚩Coherencia: El sostenedor debe asegurar la armonía entre el Proyecto Educativo Institucional (PEI), el Reglamento Interno y el Plan de Gestión de Convivencia.

El reglamento interno es el marco de actuación general y el instrumento regulatorio central de toda la comunidad educativa. En él se establecen las reglas, procedimientos, derechos, deberes y estándares mínimos que gobiernan la vida institucional, por tanto, su contenido orienta, ordena y limita el actuar de cada integrante del establecimiento educacional

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