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¿Sabes qué reglamento interno laboral debe confeccionar tu colegio?

De acuerdo con lo establecido por la Dirección del Trabajo, tanto la Ley N°16.744 como el Decreto Supremo N°40 indican que toda entidad, sin importar su tamaño, está obligada a contar con un Reglamento Interno de Higiene y Seguridad (RIHS). Por otra parte, el Código del Trabajo señala que los establecimientos con diez o más trabajadores están obligados a confeccionar un Reglamento interno de orden, higiene y seguridad (RIOHS).

A continuación, te presentamos un resumen de las principales obligaciones para cada reglamento:

 Reglamento Interno de Higiene y Seguridad (RIHS)Reglamento interno de orden, higiene y seguridad (RIOHS)
Obligación de confecciónToda entidad sin importar el número de trabajadoresEstablecimiento con 10 o más trabajadores
Sometido a la consideraciónAl Comité Paritario de Higiene y Seguridad, de existir, con 15 días de anticipación a la fecha en que empiece a regirEntregar copia a los sindicatos y a los Comités Paritarios con 30 días antes de que comience a regir
Puesta en conocimientoDel personal, con 15 días antes de la fecha en que empiece a regir, mediante carteles fijados en dos sitios visibles al local de trabajoDe las y los trabajadores, con 30 días antes de que comience a regir, y fijarse, a lo menos, en dos sitios visibles del lugar de trabajo
Remisión a otros organismosNo requiere remitir copia a ningún organismoMinisterio de Salud, Dirección del Trabajo y Provincial de Educación dentro de los cinco días siguientes de la entrada en vigencia del reglamento
Obligaciones referentes a la Ley Karin (N°21643)Poner en conocimiento de las y los trabajadores el protocolo de prevención de acoso sexual, laboral y la violencia en el trabajo y el procedimiento de investigación y sanción, al momento de la suscripción del contrato de trabajoEl reglamento deberá contener el protocolo de prevención respecto del acoso sexual, laboral y la violencia en el trabajo, y el procedimiento al que se someterán las y los trabajadores
Constitución de comité paritario de higiene y seguridadNo están obligados, sin embargo, pueden constituir un CPHS voluntarioToda empresa en que trabajen más de 25 personas están obligados a constituir un CPHS

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